EL JUEZ DA LA RAZÓN AL PAR Y ANULA LA LICENCIA DE OBRAS DE LA ROMAREDA.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Zaragoza ha dado la razón hoy a los recursos del Partido Popular y el Partido Aragonés en el caso de las obras del estadio de La Romareda. Según ha indicado la sentencia, publicada hoy, se anulan los acuerdos de la Junta Local de Gobierno que aprobaban el proyecto constructivo y el expediente de contratación y también la adjudicación de las obras a la UTE formada por Sacyr y Acciona por 70,8 millones de euros. Dichos recursos fueron presentados en su día por los concejales del PAR, Manuel Blasco y Elena Allúe y el portavoz del PP, Domingo Buesa.

La crítica principal de la sentencia se refiere al pago de la obra por el procedimiento de permuta con un solar situado en la zona de La Romareda. Para el juez del caso, uno de los mayores problemas es lo arbitrario del valor de dicho solar. “En el expediente de modificación aislada se le asignaba un valor de 56,1 millones de euros, pero en un informe del Gerente de Urbanismo de noviembre de 2005 se viene a reconocer que se produce una revalorización media de 0,625% mensual, lo que justificaba que se hubiera pasado de 56,1 a 72 millones de euros, que fue el valor finalmente atribuido, con lo cual al finalizar la obra el solar valdría un 15% más de lo previsto inicialmente”, reza la sentencia.

Asimismo, en este mismo punto se refiere al Seminario y a los posibles retrasos de las obras. “En este caso, el solar valdría cada vez más y esta hipótesis es probable en el caso de rehabilitaciones u obras como la presente, en la que se debe construir sin que deje de utilizarse el campo, pudiendo surgir problemas, como los que surgieron recientemente en el Seminario”, indica. La sentencia viene a decir también que, con estas premisas, “el precio del contrato es totalmente incierto, al desconocerse el precio del valor permutado”.

Además, el Juzgado indica varias causas más para justificar su decisión, como son la no justificación de la necesidad de enajenación para usos terciarios; la falta de valoración del bien en relación con los requisitos de la permuta; la no justificación del uso de la permuta y no de la subasta o el incumplimiento de los requisitos de la ley para una permuta a cosa futura.

Otra de las causas para es la distancia de seguridad necesaria para un recinto deportivo como es el estadio de La Romareda. “En el plano 32, desde la calle Jerusalén se ve como hay 15 metros del estadio al futuro edificio, a lo que habría que sumar 4 de paso libre debajo del mismo y 63 al hospital Miguel Servet, todo ello si se procede al soterramiento de la rampa y se dejea libre paso de peatones por encima de la misma. En el plano 31, alzada vista desde el hospital, se comprueba que hay 67 metros a los edificios de la calle Jerusalén y 21,5 a la CAI. Ello suma en los cuatro lados un total de 170,5, muy lejos de lo previsto”, asegura la sentencia. Cuando habla de lo previsto, la sentencia se refiere al reglamento de Policía de Espectáculos que fija en 214,34 la necesidad de metros libres alrededor de un recinto de estas características.

La sentencia da la razón al PAR de una forma clara y contundente. A ver que hacen ahora Belloch y Gaspar... De entrada, deberían asumir responsabilidades políticas.

14/03/2007 19:14 Autor: zaragozacosmopolita. #.


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